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En aquest lloc «web» trobareu propostes per fer front a problemes econòmics que esdevenen en tots els estats del món: manca d'informació sobre el mercat, suborns, corrupció, misèria, carències pressupostàries, abús de poder, etc.
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Nuevos apartados:

Los «Cien pasos de una vía de humanidad» de Lluís Maria Xirinacs.
Dolors Marin Tuyà.
Artículos publicados en la revista Penedès Econòmic.

Al servicio de este pueblo.
Lluís Maria Xirinacs.
Artículos publicados en el diario Avui, cuando Lluís Maria Xirinacs era senador independiente en las Cortes Constituyentes españolas, entre los años 1977 y 1979, traducidos al castellano.

Diario de un senador.
Lluís Maria Xirinacs.
Artículos publicados en el rotativo Mundo Diario, cuando Lluís Maria Xirinacs era senador independiente en las Cortes Constituyentes españolas, entre los años 1977 y 1979.

Publicaciones:

Mundo alternativo.
Lluís Maria Xirinacs.

Pequeña historia de la moneda.
Agustí Chalaux de Subirà, Brauli Tamarit Tamarit.

El capitalismo comunitario.
Agustí Chalaux de Subirà.

Un instrumento para construir la paz.
Agustí Chalaux de Subirà.

Leyendas semíticas sobre la banca.
Agustí Chalaux de Subirà.

Ensayo sobre Moneda, Mercado y Sociedad.
Magdalena Grau Figueras,
Agustí Chalaux de Subirà.

El poder del dinero.
Martí Olivella.

Introducción al Sistema General.
Magdalena Grau,
Agustí Chalaux.

La moneda y la constitución.

Thomas Jefferson.«Pienso que las instituciones bancarias son más peligrosas para nuestras libertades que ejércitos enteros listos para el combate. Si el pueblo americano permite un día que los bancos privados controlen su moneda, los bancos y todas las instituciones que florecerán en torno a ellos, privarán a la gente de toda posesión, primero por medio de la inflación, enseguida por la recesión, hasta el día que sus hijos se despertarán sin casa y sin techo, sobre la tierra que sus padres conquistaron».

Thomas Jefferson, 1802.

Esta frase premonitoria atribuida al que fue el tercer presidente de los Estados Unidos de Norteamérica refleja el peligro que puede suponer, para un estado o una comunidad de estados, que la capacidad pública de inventar y desinventar dinero sea privatizada.

Tradicionalmente, en muchos estados, eran sus respectivos bancos centrales los encargados de imprimir dinero público. Dinero de monedas y billetes que circulan anónimamente de mano en mano, generalmente sin dejar rastro, y que permite adquirir tanto mercancías lícitas como ilícitas.

Sin embargo, desde hace un tiempo, muchos estados y algunas comunidades de estados han delegado su capacidad de inventar dinero público en entidades financieras privadas, las cuales inventan el dinero, prestándolo a los gobiernos, ya sea directamente o mediante otras entidades financieras. Los casos más ilustrativos de esta situación son los Estados Unidos de Norteamérica, con su Reserva Federal, y la zona Euro.

Existe el compromiso de que este dinero prestado debe ser devuelto con un interés al cabo de un tiempo, tanto el capital base como los intereses.

Ejemplo de la película Concursante.

El interés del préstamo constituye una falla del sistema que hace que, a la larga, se generen inevitablemente deudores en quiebra.

Para entender fácilmente el problema que representa un préstamo a devolver con interés, es ilustrativo el breve vídeo de 6 minutos 51 segundos, fragmento de una película titulada Concursante.

En este vídeo, un hombre explica a otro, alrededor de un tablero de ajedrez, como un banquero, ficha negra, presta las únicas 100 monedas que hay a diez personas, 10 fichas blancas, a razón de 10 monedas por persona. Cada ficha blanca ofrece sus bienes como garantía del préstamo.

Al cabo de un año, el banquero, ficha negra, reclama a cada una de las fichas blancas el capital base, 10 monedas, más los intereses, una moneda. 11 monedas de cada ficha blanca. En total: 110 monedas.

El problema es que la ficha negra reclama 110 monedas y sólo hay 100. Pero la ficha negra dice que no hay ningún problema. El banquero, para facilitar las cosas, pide ese año una sola moneda a cada ficha blanca.

Pasados 10 años, cada una de las fichas blancas han devuelto al banquero, ficha negra, sus 10 monedas que tenían, a razón de una moneda por año. Pero cada una de estas fichas blancas aún debe 11 monedas, si descartamos que los intereses sean acumulativos.

Al final, las 10 fichas blancas se convierten en deudores en quiebra, y los bienes que han ofrecido en garantía pasan a ser propiedad del banquero. Y todo, a cambio de nada.

Los estados y la deuda con interés.

Las empresas son entidades con ánimo de lucro que, en el mejor de los casos, generan beneficios que les permiten devolver sus deudas contraídas con las entidades financieras.

Pero hay que saber que los estados no son empresas con ánimo de lucro que generan beneficios, sino que utilizan este dinero para adquirir recursos, construir infraestructuras y ofrecer servicios públicos. Por lo que, no sólo no podrán devolver los intereses del dinero prestado, sino que tampoco podrán devolver el capital base.

Esto explica porque en los estados, donde la capacidad de inventar dinero público está privatizada, aumenta su endeudamiento año tras año. Tarde o temprano, los prestamistas exigirán el pago de la deuda acumulada, y el estado en cuestión tendrá que aumentar los impuestos, aplicar recortes a los presupuestos, y venderse y hacer privatizar sus infraestructuras, sanidad, educación, servicios y pensiones públicas.

La desunión europea fiscal y de la deuda.

Joan Casals, quien fue presidente de la PIMEC (Pequeña y Mediana Empresa de Cataluña), publicó un artículo titulado La desunión fiscal europea, en el diario catalán Avui, el 16 de julio de 1997. En este artículo, avisaba del peligro de una unión monetaria en Europa sin una unión fiscal. Una unión fiscal hubiera conllevado una compensación económica de los estados más productivos hacia los que lo son menos, tal como se hace en los mismos EEUU. Al no existir, estados menos productivos como Grecia han acabado en la quiebra económica y aplicando graves recortes presupuestarios, por la acumulación de su deuda.

También el experto económico e informático Martin Armstrong, consultado por las autoridades europeas sobre la creación del euro, aconsejó que se aplicara una unión fiscal, además de una unión de las deudas públicas de los diferentes estados en una deuda conjunta europea. Ambas medidas fueron rechazadas.

El caso del Estado español.

El Estado español dispuso, con la peseta, de su propia capacidad de inventar dinero público sin generar deuda hasta el año 1998, cuando el jefe de gobierno José María Aznar, con Rodrigo Rato y Mariano Rajoy de vicepresidentes, firmaron la cesión de esta capacidad, entonces en manos del Banco de España, al Banco Central Europeo, dentro de la nueva moneda común europea.

El 1 de enero de 2002, el Banco Central Europeo permitió la emisión de euros, bajo la forma de préstamos que recibía, procedentes de entidades financieras privadas. En teoría, estos euros se deben devolver con interés. En la práctica, la devolución de estos euros es imposible.

Al principio, cuando se formaliza un préstamo, el deudor tiene disponibilidad de dinero para gastar, parece que en el mercado hay dinero abundante y su economía es próspera. Pero cuando se cancelan los plazos del préstamo, y éste se debe devolver con interés, entonces es cuando llegan las privaciones y la miseria. Es lo que dice la frase inicial atribuida a Thomas Jefferson y es lo que pasó a la economía española con la expansión inicial de las hipotecas inmobiliarias y la crisis posterior.

Los sucesivos gobiernos españoles han tenido que aplicar recortes a sus presupuestos y obligar a las administraciones autonómicas y municipales a hacer lo mismo. El fondo público de las pensiones se ha visto disminuido en 200.000 millones de euros en sucesivas adquisiciones de deuda pública estatal. Con estos ingresos, fruto de la compra de deuda pública, y la compra de deuda pública por parte de las entidades financieras, el gobierno estatal consigue equilibrar sus presupuestos. De momento.

El debate sobre una nueva constitución catalana.

Una sentencia del Tribunal Constitucional español sobre el proyecto de reforma del Estatuto de Autonomía de Cataluña, elaborado mediante una intensa participación de la sociedad catalana, recortaba a esta comunidad autónoma numerosas competencias y atribuciones que se querían asumir nuevamente en este proyecto de ley, competencias y atribuciones que el mismo tribunal no suprimió en los proyectos de modificaciones de estatutos de otras autonomías españolas.

Esto ha despertado, en buena parte de la sociedad catalana, el deseo de recuperar las libertades nacionales perdidas siglos atrás, crear un nuevo estado y, por tanto, elaborar una nueva constitución. Entre los argumentos a favor se encuentra la necesidad de sanear la economía catalana, que soporta un importante déficit anual crónico en sus balanzas fiscales con el estado español.

Se han producido algunas iniciativas de debate constitucional, una de ellas coordinada por el juez Santiago Vidal (https://www.unanovaconstitucio.cat). En su proyecto inicial de articulado, se propone el siguiente artículo relativo a la moneda:

Artículo 89. La moneda y el Banco Central de Cataluña.

  1. El euro es la moneda de curso legal en todo el Estado catalán.
  2. La emisión de moneda y billetes será competencia exclusiva del Banco Central de la república, de acuerdo con los criterios y límites fijados por el Banco Central Europeo.
  3. La sede permanente del BCC será la ciudad de Barcelona.

Una vez sabido que el euro es una moneda generada mediante una deuda con interés imposible de pagar, y las dificultades que supone modificar esta característica dentro de las instituciones europeas, la consecuencia, a la larga, de la asunción de este artículo 89, en sus apartados 1 y 2, en un hipotético nuevo estado catalán puede representar la ruina de éste y de su sociedad. Las mismas consecuencias que puede sufrir el Estado español y el conjunto de la sociedad española de continuar de la misma manera.

En este sentido, es mucho mejor que la propuesta de constitución de un nuevo estado no mencione en absoluto su sistema monetario, y dé libertad a sus instituciones públicas y a su pueblo para asumir otras soluciones más óptimas, que no imponer como oficial un único tipo de moneda basada en la deuda con interés. Es el caso del primer borrador de otro proyecto de constitución catalana que se está debatiendo dentro de Internet (http://www.constitucio.cat). Un equipo de juristas elabora un proyecto de confluencia (http://www.reiniciacatalunya.cat) con aportaciones de los proyectos de constitución existentes, recopilando propuestas de otros ámbitos y escuchando diferentes opiniones del pueblo.

Lo que es válido para el proyecto de constitución de un hipotético estado catalán, sirve también para cualquier otro proyecto de constitución de cualquier otro estado.

Monedas complementarias, sociales y locales.

Jordi Griera, ingeniero industrial y cofundador del Instituto de Moneda Social, nos informa en algunas de sus conferencias, como por ejemplo La moneda, la gran desconocida del 2 de agosto del 2013 en Figueres y La moneda social de junio del 2014 en Castellnou del Bages que, en algunos lugares del mundo, existen monedas sociales nominativas que dinamizan la economía local. Por ejemplo en Suiza, desde hace 80 años, existe la moneda complementaria llamada Wir, funcionando con éxito para 60.000 empresas de este país, con un volumen equivalente a 3 mil millones de euros, según un documental de la RAI. Esta moneda social ofrece disponibilidad de dinero dentro del mercado, sin que su flujo monetario se vaya restringiendo por sucesivos préstamos a devolver con interés.

Además, hay que tener en cuenta que los grandes bancos suelen destinar el 98% del dinero que invierten los impositores en valores que ofrecen una alta rentabilidad, como especulación en divisas, petróleo y derivados, armas, etc. Sólo el 2% es invertido en el mismo mercado de donde proviene ese dinero. Esto hace que el mercado de proximidad sufra una grave desinversión. La responsabilidad de esta situación no es tanto de los propios bancos, como de los mismos impositores que exigen estas altas rentabilidades.

Por estas razones, la economía de la producción y el consumo sufre una gran falta de capital (deflación). Este capital, en cambio, es abundante en la economía especulativa (inflación). Es lo que se llama stagflación.

En cambio, el flujo monetario de una moneda social se mantiene íntegramente y sin pérdidas en el mercado donde se produce. En el caso del Wir, su actividad es anticíclica: aumenta en situaciones de depresión y disminuye en situaciones de prosperidad, amortiguando los efectos de las crisis.

Monedas nominativas.

Existió en sus orígenes un dinero nominativo. Según el artículo El primer antecedente de la escritura, de la arqueóloga Denise Schmandt-Besserat, publicado en la revista Investigación y ciencia de agosto del 1978, la economía de los templos-banco de las ciudades-imperio en Súmer desde el 8000 hasta el 2300 aC se basaba en cuentas corrientes de fichas de barro cocido perforadas y atadas con cordeles, albaranes bajo forma de bolas de barro cocido con fichas en su interior, y contratos de factura-cheque con tablillas de barro cocido. Su implantación coincidió con una época de una paz creciente.

Las monedas anónimas existen desde hace aproximadamente unos 4300 años. Su nacimiento coincidió con el inicio de los primeros imperialismos. Junto con los billetes, permiten tanto la adquisición de mercancías lícitas, por ejemplo comida o ropa, como mercancías ilícitas, por ejemplo la reputación de una persona. Es el principal factor de corrupción de la sociedad.

El dinero nominativo telemático puede circular más rápidamente. Puede dejar rastro y, por tanto, prueba jurídica de cada intercambio. Esta característica estimula la ética y la responsabilidad. Permite una economía más transparente donde cada agente puede conocer los datos del conjunto del mercado en igualdad de condiciones.

La moneda social Wir en Suiza, como otras monedas sociales, por ejemplo la Turuta de Vilanova y la Geltrú en Cataluña, son monedas sociales nominativas, alternativas a las oficiales. Estimulan la economía local, la transparencia en los intercambios y la limitación al uso de mercancías y servicios lícitos. Son, por lo tanto, un freno a la corrupción.

Es evidente que la constitución de un estado no debe impedir estas experiencias si se quiere evitar el empobrecimiento de su sociedad.

La banca sin interés.

Para corregir esta falla del sistema que es el interés del préstamo, han aparecido dos iniciativas bancarias pioneras en este sentido. Una es la banca Jak sueca y la otra la banca islámica. Ambas propuestas de banca ética y sin interés son excelentes ejemplos de alternativa viable tanto para la banca privada como para el mismo sistema.

El Sistema General.

Agustí Chalaux (1911-2006) y Lluís Maria Xirinacs (1932-2007) elaboraron, con otras personas colaboradoras, el Sistema General. Un modelo político, económico y social donde se propone la existencia de un dinero exclusivamente nominativo. Dentro de su asociación, el Centro de Estudios Joan Bardina, redactaron un primer libro titulado Tercera Vía (en catalán), que se mantuvo sin editar durante treinta años, pero que fue la inspiración de otros publicados antes, como Un instrumento para construir la paz, Ensayo sobre moneda, mercado y sociedad, Moneda telemática y estrategia de mercado y Decretos ley para una constitución del siglo XXI.

Dentro del Sistema General, la capacidad de crear dinero público es de titularidad comunitaria, siendo responsable la administración pública, ya sean los municipios, el estado o la comunidad de estados con moneda propia.

Las virtudes de la ética, la transparencia y la responsabilidad son estimuladas por una moneda nominativa que deja prueba jurídica de cada intercambio y que permite saber, con conocimiento de causa, los datos estadísticos del conjunto del mercado. Los planificadores y estudiosos de la economía pueden ver cómo esta disciplina se convierte en una verdadera ciencia. El fraude fiscal se hace mucho más difícil y los impuestos pueden disminuir, basándose en una tasa por cada transacción y en un impuesto sobre la tierra que facilite una municipalización no agresiva.

Consecuencia de la moneda nominativa es el establecimiento de una renta básica universal. Al principio, el Sistema General reivindicaba un salario social sólo para las personas que no tenían ningún otro ingreso. Pero estudiosos de la renta básica han hecho notar que el salario social es una discriminación positiva que estimula el paro, mientras que una renta básica universal, más reducida pero ofrecida a todos y compatible con cualquier otro ingreso, estimula el incremento del trabajo asalariado, pues todo el mundo se convierte en consumidor, los vendedores pueden dar salida a sus productos y servicios y estos vendedores pueden ofrecer más trabajo. La miseria material queda así eliminada.

Combinando las medidas del dinero nominativo y la renta básica, la delincuencia por razón de dinero, que normalmente llena las cárceles, disminuye drásticamente, pues el dinero nominativo dificulta la oportunidad de delinquir, mientras que la renta básica disminuye la necesidad de delinquir.

Dentro del Sistema General, la Justicia es la titular de las redes monetarias telemáticas. Ésta es completamente independiente de los ejecutivos y legislativos del estado, y administra una parte fija de sus presupuestos tanto ordinarios como extraordinarios. Una justicia independiente con suficientes recursos humanos y materiales permite ayudar a resolver lo más rápidamente posible los conflictos que se producen en el seno de la sociedad, sin pérdida de las necesarias garantías procesales, haciendo que jueces y tribunales venzan mejor la tentación del soborno.

Chalaux y Xirinacs enunciaron una hipótesis de trabajo, sólo demostrable dentro de una economía científica fundamentada en el dinero nominativo, sobre la posible existencia de un capitalismo comunitario o bien común mercantil. Una riqueza escondida, basada en los inventos que ya no tributan derechos de patente que, de verificarse, podría permitir la invención del dinero necesario para sufragar el gasto público, reduciendo los impuestos a un mínimo de prudencia económica.

Dentro de la constitución de un estado, las propuestas del Sistema General constituyen el fundamento de un verdadero estado de derecho y la oportunidad de una sociedad más justa. Su sucesiva implantación en los diferentes estados del mundo también puede ser un estímulo para una creciente pacificación, a todos los niveles, de la entera Humanidad.

Equipo del Centro de Estudios Joan Bardina.
Miércoles, 11 de noviembre de 2015.

Enlaces originales:
http://bardina.org/nw/escrits/la-moneda-y-la-constitucion-es.htm
http://bardina.org/nw/escrits/la-moneda-y-la-constitucion-es.pdf
Sitio web original:
http://bardina.org


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